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miércoles, 10 de abril de 2024

Corte Constitucional endurece paso de trabajadores de fondos privados a Colpensiones


  • Las condiciones harán prácticamente imposible el cambio al régimen de prima media.

Esta es una noticia muy grave para millones de trabajadores colombianos y sus pensiones futuras.

La Corte Constitucional, con la participación de tres conjueces, decidió ayer endurecer sustancialmente las condiciones para que los trabajadores que están en un fondo privado puedan trasladarse a Colpensiones.

La decisión de la Corte Constitucional, que será pública en los próximos días, contradice una determinación de la Corte Suprema de Justicia que reconocía el derecho de los trabajadores para migrar del régimen privado de ahorro simple al régimen de prima media de Colpensiones.

Permítanme explicar de la forma más sencilla posible la diferencia entre uno y otro régimen de jubilación: Los fondos privados pagan una pensión basada en los ahorros de los trabajadores. En la mayoría de los casos este ahorro termina convertido en una asignación mensual de dos salarios mínimos, sin importar el ingreso que la persona devengara durante su vida laboral, y con el tiempo se va reduciendo hasta convertirse en un triste salario mínimo.

En contraste los trabajadores afiliados a Colpensiones reciben una asignación que promedia los salarios devengados durante los últimos diez años antes de jubilarse.

En este momento solo pueden cambiarse de un régimen (valga decir de los fondos privados a Colpensiones porque la ruta contraria es bastante improbable) las mujeres antes de cumplir 47 años y los hombres antes de cumplir 52. Es decir 10 años antes de llegar a la edad de jubilación.

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia había revisado una tutela de una trabajadora que pedía que fuera anulado su cambio a un fondo privado porque no había tenido suficiente información en el momento de tomar la decisión y por consiguiente se había ido a un fondo privado que le pagaba únicamente el 69 por ciento del ingreso que tenía al concluir su vida de trabajo, contra el 90 por ciento que recibiría si estuviera en el régimen de prima media, es decir en Colpensiones.

La Corte Suprema de Justicia determinó que la jubilada no había tenido información suficiente, o incluso que había recibido información engañosa, para dejar el antiguo régimen y pasarse al privado con la cual había afectado su pensión. En consecuencia abrió la puerta para que se anulara el traslado y esa tutelante –y como ella millones de trabajadores– pudieran volver al sistema de prima media que mejora sustancialmente su ingreso.

La determinación llegó a la Corte Constitucional para revisión. La discusión terminó ayer con la conclusión de que el regreso a Colpensiones se endurecerá para los potenciales jubilados.

Créditos WRadio

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