“Es importante destacar que cualquier decisión estará guiada por el principio fundamental de proteger el derecho a la salud de las personas, incluyendo el derecho a la libre elección y la continuidad en la prestación del servicio para los usuarios. En este sentido, la solicitud de retiro de Compensar no debe ni debería impactar la prestación ni continuidad de los servicios y tratamientos médicos para los pacientes en el país”, dijo el funcionario.
Para aprobar o negar el retiro voluntario de la EPS Compensar, la entidad debe comunicar su decisión con una antelación mínima de cuatro meses a sus afiliados, entidades territoriales y a la Superintendencia de Salud. Asimismo, se requiere que la EPS presente un cronograma detallado con acuerdos de pago para sus proveedores, especificando los plazos de las obligaciones a cumplir.
Leal Angarita agregó que, el equipo de la Superintendencia Nacional de Salud estará atento y vigilante en todo momento para asegurar que la atención a la población usuaria no se vea alterada, y se garantice la prestación de los servicios de salud de manera ininterrumpida y con oportunidad.
La EPS Compensar opera en la capital del país y en los departamentos de Cundinamarca, Norte de Santander, Boyacá, Valle, Meta, Atlántico, Antioquia, Risaralda, Bolívar, Cauca y Tolima.
Quien cuida los recursos de la salud, cuida la vida misma
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